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PARTICULAR
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R-DCP-00017-2024 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las doce horas veinticinco minutos del veinticuatro de abril de dos mil veinticuatro. RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la empresa ASFALTOS CBZ, SOCIEDAD ANÓNIMA, en contra de la resolución de inicio del procedimiento de resolución contractual por incumplimiento grave y subsidiariamente el procedimiento de ejecución de la multa y la garantía de cumplimiento del Concurso Mayor 007-2022, promovido por la EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS DE HEREDIA (ESPH). RESULTANDO I.- Que el once de abril de dos mil veinticuatro, la empresa ASFALTOS CBZ, SOCIEDAD ANÓNIMA presentó ante la Contraloría General de la República recurso de apelación en contra de la resolución de inicio del procedimiento de resolución contractual por incumplimiento grave y subsidiariamente el procedimiento de ejecución de la multa y la garantía de cumplimiento, promovido por la Empresa de Servicios Públicos de Heredia (ESPH), referente al Concurso Mayor No. 07-2022 promovido para el suministro y colocación de mezcla asfáltica en caliente, según demanda por 60 meses. II.- Que esta resolución se emite dentro del plazo de ley, habiéndose observado las prescripciones legales y reglamentarias correspondientes. CONSIDERANDO I.- HECHOS PROBADOS. Para emitir la presente resolución, a partir de la información aportada por el recurrente y que consta en el expediente electrónico del Sistema de Gestión Documental de la Contraloría General de la República (SIGED), gestión N° 2024001810-1, se tienen por demostrado el siguiente hecho de interés: 1. Que por medio de correo electrónico de fecha 8 de abril de 2024, el Sr. Ronaldo Guevara Álvarez, funcionario de la ESPH, notifica a la empresa ASFALTOS CBZ, S.A. la suspensión de la relación contractual, así como el inicio del procedimiento de resolución de la relación contractual por incumplimiento grave del contratista y subsidiariamente el procedimie ...
Fecha publicación: 24/04/2024
Fecha emisión: 24/04/2024
Institución: PARTICULAR
Emite: División de Contratación Pública
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: ANALISIS DE ADMISIBILIDAD DE RECURSOS DE APELACION
Año: 2024


División Jurídica Al contestar refiérase al oficio Nº 6748 22 de abril del 2024 DJ-0692 Señor José Ramón Sibaja Montero, Asesor Legal Fracción del Partido Unidad Social Cristiana Ce: jsibajamontero@gmail.com Estimado señor: Asunto: Se rechaza consulta por falta de requisitos para su presentación. Caso concreto. Se refiere este Despacho a su oficio con fecha del 10 de abril de 2024, mediante el cual realiza consultas relacionadas al pago de salarios a profesores de la Escuela Municipal de Artes Integrada. En atención a la consulta planteada, debe advertirse que en el ejercicio de la potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley n° 7428 del 4 de setiembre de 1994), el órgano contralor, en el ámbito de sus competencias, atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos y los sujetos privados no contemplados en el inciso b), del artículo 4, de la indicada ley. Al respecto, el “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, R-DC-0197-2011 de las 8:00 horas del 13 de diciembre de 2011, establece las condiciones que rigen el trámite y la atención de las consultas ingresadas como parte del ejercicio de la competencia consultiva. Concretamente, el artículo 6 de dicho Reglamento refiere a los sujetos que pueden participar en el procedimiento consultivo ante la Contraloría General de la República, en lo de interés dicho artículo expresamente indica: “Artículo 6º—Sujetos que participan en el procedimiento consultivo. Son parte del procedimiento consultivo los sujetos consultantes, a saber, los órganos parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos de la fiscalización de la Contraloría General, el auditor y subauditor interno y los sujetos privados que tengan vínculo con temas de competencia del órgano contralor, (…).” Contraloría General de la República T: (506 ...
Fecha publicación: 22/04/2024
Fecha emisión: 22/04/2024
Institución: PARTICULAR
Emite: División Jurídica
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Año: 2024


R-DCP-00016-2024 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las nueve horas diez minutos del diecinueve de abril de dos mil veinticuatro. COADYUVANCIA PASIVA interpuesta por la empresa ARANGO SOFTWARE INTERNACIONAL COSTA RICA, SOCIEDAD ANÓNIMA, en atención al pliego de condiciones de la Licitación Mayor 2024LY-000002-0005800001, promovida por el INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA Y URBANISMO. RESULTANDO I.- Que el dos de abril de dos mil veinticuatro, la empresa Arango Software Internacional Costa Rica, Sociedad Anónima, presentó ante la Contraloría General de la República mediante el Sistema de Gestión Documental Electrónica (SIGED), coadyuvancia pasiva en atención al pliego de condiciones de la Licitación Mayor 2024LY-000002-0005800001, promovida por el Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo. II.- Que esta resolución se emite dentro del plazo de ley, habiéndose observado las prescripciones legales y reglamentarias correspondientes. CONSIDERANDO I.- SOBRE LA GESTIÓN INTERPUESTA. En virtud de la puesta en vigencia de la Ley General de Contratación Pública (en adelante LGCP) y su Reglamento (en adelante RLGCP), a partir del 1 de diciembre de 2022 y por tratarse de una licitación amparada en esta normativa, resulta necesario delimitar la competencia de este órgano contralor en materia recursiva. Para lo anterior, debe señalarse que de acuerdo con los numerales 86 de la LGCP y 241 del RLGCP, en materia de contratación pública esa normativa prevé únicamente los siguientes recursos: 1) Objeción en contra del pliego de condiciones y 2) Revocatoria o apelación en contra del acto final, entendido el acto final como aquel que adjudica una licitación o bien la declara infructuosa o desierta. Ahora bien, la impugnación de estos actos posee una competencia delimitada, es decir, que no todos los pliegos de condiciones y no todos los actos finales son impugnables ante este órgano contralor, sino únicamente aquellos pre ...
Fecha publicación: 19/04/2024
Fecha emisión: 18/04/2024
Institución: PARTICULAR
Emite: División de Contratación Pública
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECHAZO AL TRAMITE DE RECURSOS PRESENTADOS EN LA CGR
Proceso: TRAMITE Y RESOLUCION DE RECURSOS DE OBJECION AL CARTEL
Año: 2024


División de Contratación Pública R-DCP-00015-2024 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Pública. San José, a las catorce horas con once minutos del dieciocho de abril de dos mil veinticuatro. DILIGENCIAS DE ADICIÓN Y ACLARACIÓN interpuestas por SEFISA SISTEMAS EFICIENTES S.A., en relación con lo resuelto por la División de Contratación Pública en la resolución No. R-DCP-SICOP-00508-2024, de las nueve horas con cincuenta y cuatro minutos del once de abril de dos mil veinticuatro. RESULTANDO I. Que mediante la resolución R-DCA-SICOP-00508-2024, de las nueve horas con cincuenta y cuatro minutos del once de abril de dos mil veinticuatro, esta División de Contratación Pública rechazó de plano el recurso de objeción interpuesto por la empresa Sefisa Sistemas Eficientes S.A. II. Que la resolución R-DCA-SICOP-SICOP-00508-2024 fue notificada a la empresa Sefisa Sistemas Eficientes S.A. el once de abril de dos mil veinticuatro. III. Que mediante documento presentado por correo electrónico ante la Contraloría General de la República en fecha once de abril de dos mil veinticuatro, la empresa Sefisa Sistemas Eficientes S.A. solicitó adición y aclaración de lo resuelto por esta División. IV. Que la presente resolución se emite dentro del plazo fijado en el ordenamiento jurídico, y en su trámite se han observado las prescripciones reglamentarias correspondientes. CONSIDERANDO I. SOBRE LA ADICIÓN Y ACLARACIÓN. Los artículos 91 de la la Ley General de Contratación Pública y 251 del Reglamento a dicha ley regulan la posibilidad de solicitar las aclaraciones o adiciones a las resoluciones que emita la Contraloría General de la República. En este sentido, el artículo 91 de la Ley dispone lo siguiente: “Diligencias de adición y aclaración/ Ante la resolución de cualquier tipo de recurso, las partes podrán solicitar, ante quien emite la respectiva resolución, las aclaraciones o adiciones que consideren pertinentes para el correcto entender de lo re ...
Fecha publicación: 18/04/2024
Fecha emisión: 18/04/2024
Institución: PARTICULAR
Emite: División de Contratación Pública
Tipo documental: RESOLUCION DE ADICION Y ACLARACION
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE ADICION Y ACLARACION (OBJECIONES)
Año: 2024


R-DCP-00014-2024 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las dieciocho horas dieciséis minutos del diez de abril de dos mil veinticuatro. DILIGENCIAS DE ADICIÓN Y ACLARACIÓN interpuesta por EULEN DE COSTA RICA S. A. en relación con lo resuelto por la División de Contratación Pública en la Resolución R-DCP-00418-2024 del 22 de marzo de 2024. RESULTANDO I. Que mediante la resolución R-DCP-00418-2024 del 22 de marzo de 2024, este órgano contralor resolvió anular el procedimiento licitatorio 2023LY-000001-0007100001. II. Que la resolución R-DCP-418-2024- del 22 de marzo de 2024 fue notificada a las partes el 22 de marzo de 2024. III. Que mediante resolución R-DC-00018-2024 de las 10 horas 30 minutos del 24 de febrero de 2024, se resuelve que las oficinas del órgano contralor estarían cerradas del 25 al 29 de marzo del presente año,con motivo de la Semana Santa. IV. Que mediante escritos 8102024000000078 y 8102024000000079, presentados ante esta Contraloría General de la República por medio del SICOP, el 3 de abril de 2024, la empresa Eulen de Costa Rica S. A., solicita adición y aclaración de lo resuelto por esta División (presenta 2 recursos).Asimismo en esa misma fecha el disconforme presentó diligencias por medio de los sistemas del órgano contralor, con el número de ingreso 7134. V. Que la presente resolución se emite dentro del plazo fijado en el ordenamiento jurídico, y en su trámite se han observado las prescripciones reglamentarias correspondiente. CONSIDERANDO I.- SOBRE LA ADMISIBILIDAD. De conformidad con el artículo 87 de la Ley General de Contratación Pública y 243 de su Reglamento, todo recurso se debe interponer únicamente por el sistema digital unificado, siendo este SICOP. De esta manera, cualquier gestión de recursos de impugnación sólo podrá tramitarse mediante el Sistema referido, de lo contrario procederá su rechazo. En ese sentido el numeral 244 del Reglamento recién citado dispone c ...
Fecha publicación: 11/04/2024
Fecha emisión: 10/04/2024
Institución: PARTICULAR
Emite: División de Contratación Pública
Tipo documental: RESOLUCION DE ADICION Y ACLARACION
Proceso: TRAMITE DE SOLICITUDES DE ADICION Y ACLARACION (APELACIONES)
Año: 2024


División de Contratación Pública R-DCP-00013-2024 CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. División de Contratación Administrativa. San José, a las once horas con siete minutos del diez de abril de dos mil veinticuatro. RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por DISTRIBUIDORA OCHENTA Y SEIS S. A., en contra del acto final de la partida No. 2 de la Licitación Reducida No. 2023LD-000244-0021600001 promovida por la Municipalidad de Desamparados para la “Colocación de juegos infantiles completos y máquinas para hacer ejercicio en varios sectores de la comunidad. Obras Municipales. Distrito Los Guido”. RESULTANDO I. Que el primero de abril de dos mil veinticuatro Distribuidora Ochenta y Seis S. A., presentó recurso de apelación. II. Que la presente resolución se emite dentro del plazo de ley, y en su trámite se han observado las prescripciones legales y reglamentarias correspondientes. CONSIDERANDO I. HECHOS PROBADOS: Para emitir la presente resolución, a partir de la información que consta en el expediente digital tramitado a través del Sistema Integrado de Compras Públicas SICOP, a cuya documentación se tiene acceso ingresando a la dirección electrónica http://www.sicop.go.cr/index.jsp, pestaña expediente electrónico, digitando el número de procedimiento, e ingresando a la descripción del procedimiento de referencia, se tienen por demostrados los siguientes hechos de interés: 1) Que la Municipalidad de Desamparados promovió la Licitación Reducida No. 2023LD-000244-0021600001, para la “Colocación de juegos infantiles completos y máquinas para hacer ejercicio en varios sectores de la comunidad. Obras Municipales. Distrito Los Guido” (Inciso 2 Información de cartel, presionar 2023LD-000244-0021600001-versión actual-, pantalla ingreso del pliego de condiciones). 2) Que Distribuidora Ochenta y Seis S. A., presentó acción recursiva ante este órgano contralor vía correo electrónico contraloria.general@cgrcr.go.cr, con copia a otros correos electrónicos (folios 01 a ...
Fecha publicación: 10/04/2024
Fecha emisión: 10/04/2024
Institución: PARTICULAR
Emite: División de Contratación Pública
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: ANALISIS DE ADMISIBILIDAD DE RECURSOS DE APELACION
Año: 2024


División Jurídica Al contestar refiérase al oficio Nº 6069 08 de abril del 2024 DJ-0609 Señor Donovan Peraza Camacho Ce: notificaciondpc@gmail.com Estimado señor: Asunto: Se rechaza consulta por falta de requisitos para su presentación. Falta de competencia del órgano contralor y falta de legitimación. Se refiere este Despacho a su escrito fechado el 03 de abril del 2024 y recibido en este Despacho Contralor el día 05 de abril del año en curso, mediante el cual solicita criterio relacionado con materia de contratación pública, específicamente referidos a la regulación normativa en la presentación de ofertas por medio de casas extranjeras. En atención a la consulta planteada, debe advertirse que en el ejercicio de la potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley Nº 7428 del 4 de setiembre de 1994), el órgano contralor, en el ámbito de sus competencias, atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos y los sujetos privados no contemplados en el inciso b), del artículo 4, de la indicada ley. Al respecto, el “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, R-DC-0197-2011 de las 8:00 horas del 13 de diciembre de 2011, establece las condiciones que rigen el trámite y la atención de las consultas ingresadas como parte del ejercicio de la competencia consultiva. Concretamente, el artículo 8 de dicho reglamento contempla los requisitos necesarios para la presentación de una consulta ante la Contraloría General de la República, entre los que se citan en lo de interés: Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, C: contraloria.general@cgrcr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica http://www.cgr.go.cr/ División Jurídica 2 “Artículo 8º—Requisitos para la presentación de las consultas. Las consultas que ingresen para su atención conforme ...
Fecha publicación: 08/04/2024
Fecha emisión: 08/04/2024
Institución: PARTICULAR
Emite: División Jurídica
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Año: 2024


R-DCA-00011-2024 División de Contratación Administrativa. San José, a las diecisiete horas treinta minutos del cuatro de abril de dos mil veinticuatro. RECURSOS DE APELACIÓN interpuestos por el CONSORCIO HID-REACT-ONID-EMPTECH, y el CONSORCIO GOID, en contra del acto final de la LICITACIÓN MAYOR N°2023LY-000001-0012300001 promovida por el TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES para la contratación de la solución del servicio integral para la emisión de documentos de identidad. RESULTANDO I. Que el dieciocho de marzo de dos mil veinticuatro a las nueve horas con treinta y ocho minutos, se recibió en este órgano contralor un correo electrónico mediante el cual se adjuntó el escrito de apelación interpuesto por el CONSORCIO HID-REACT-ONID-EMPTECH, en contra del acto de adjudicación de la licitación mayor N°2023LY-000001-0012300001, promovida por el Tribunal Supremo De Elecciones. II. Que el dieciocho de marzo de dos mil veinticuatro a las nueve horas con cincuenta y cuatro minutos, se recibió en este órgano contralor un correo electrónico mediante el cual se adjuntó el escrito de apelación interpuesto por el CONSORCIO GOID, en contra del acto de adjudicación de la licitación mayor N°2023LY-000001-0012300001, promovida por el Tribunal Supremo De Elecciones. III. Que la presente resolución se emite dentro del plazo de ley, y en su trámite se han observado las prescripciones legales y reglamentarias correspondientes. CONSIDERANDO I. HECHOS PROBADOS. Para emitir la presente resolución, a partir de la información que consta en el expediente digital tramitado a través del Sistema Integrado de Compras Públicas SICOP, a cuya documentación se tiene acceso ingresando a la dirección electrónica http://www.sicop.go.cr/index.jsp, pestaña expediente electrónico, digitando el número de procedimiento, e ingresando a la descripción del procedimiento de referencia, se tienen por demostrados los siguientes hechos de interés: 1) Que el Tribunal Supremo de Elecciones promovió la ...
Fecha publicación: 05/04/2024
Fecha emisión: 04/04/2024
Institución: PARTICULAR
Emite: División de Contratación Pública
Tipo documental: RESOLUCIONES DE RECURSOS DE APELACION
Proceso: ANALISIS DE ADMISIBILIDAD DE RECURSOS DE APELACION
Año: 2024


División Jurídica Al contestar refiérase al oficio Nº 5737 1 de abril del 2024 DJ-0559 Señor Lic. Marco Zamora Morales Ce: lic.marcozm@hotmail.com Estimado (a) señor (a): Asunto: Se rechaza consulta por falta de requisitos para su presentación. Caso concreto y falta de legitimación. Se refiere este Despacho a su oficio con fecha del 20 de marzo de 2024, mediante el cual plantea consultas relacionadas al embargo de cuentas bancarias de una Junta de Educación dentro de un proceso judicial, además sobre la facultad por parte de la autoridad judicial de inferir sobre la aprobación o no de presupuestos ordinarios u extraordinarios de una Junta de Educación. En atención a la consulta planteada, debe advertirse que en el ejercicio de la potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley n° 7428 del 4 de setiembre de 1994), el órgano contralor, en el ámbito de sus competencias, atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos y los sujetos privados no contemplados en el inciso b), del artículo 4, de la indicada ley. Al respecto, el “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, R-DC-0197-2011 de las 8:00 horas del 13 de diciembre de 2011, establece las condiciones que rigen el trámite y la atención de las consultas ingresadas como parte del ejercicio de la competencia consultiva. Concretamente, el artículo 6 de dicho Reglamento refiere a los sujetos que pueden participar en el procedimiento consultivo ante la Contraloría General de la República, en lo de interés dicho artículo expresamente indica: Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, C: contraloria.general@cgrcr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica mailto:lic.marcozm@hotmail.com http://www.cgr.go.cr/ División Jurídica 2 “Artículo 6º—Sujetos que participan en el procedimiento c ...
Fecha publicación: 02/04/2024
Fecha emisión: 01/04/2024
Institución: PARTICULAR
Emite: División Jurídica
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Año: 2024


División Jurídica Al contestar refiérase al oficio Nº 03268 13 de marzo del 2024 DJ-0470 Señor Gerardo Alberto Ramírez Acuña, apoderado EMPRESA TRANSPORTES RAMÍREZ ACUÑA S.A notificaciones.emyasociados@gmail.com Estimado señor: Asunto: Se rechaza consulta por falta de requisitos para su presentación. Falta de legitimación. Se refiere este Despacho a su oficio sin número de fecha 4 de marzo de 2024, mediante el cual solicita criterio sobre aplicación de los artículos 25, 27, 28 y 30 de la Ley de Contratación Pública n° 9986, sobre el tema de desafectación. En atención a las consultas planteadas, debe advertirse que en el ejercicio de la potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley Orgánica (Ley n° 7428 del 4 de setiembre de 1994), el órgano contralor, en el ámbito de sus competencias, atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos y los sujetos privados no contemplados en el inciso b), del artículo 4, de la indicada ley. Al respecto, el “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, R-DC-0197-2011 de las 8:00 horas del 13 de Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica mailto:notificaciones.emyasociados@gmail.com http://www.cgr.go.cr/ División Jurídica 2 diciembre de 2011, establece las condiciones que rigen el trámite y la atención de las consultas ingresadas como parte del ejercicio de la competencia consultiva. Concretamente, el artículo 6 de dicho Reglamento refiere a los sujetos que pueden participar en el procedimiento consultivo ante la Contraloría General de la República, en lo de interés, dicho artículo expresamente indica: “Artículo 6º—Sujetos que participan en el procedimiento consultivo. Son parte del procedimiento consultivo ...
Fecha publicación: 13/03/2024
Fecha emisión: 13/03/2024
Institución: PARTICULAR
Emite: División Jurídica
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Año: 2024
Tesauro: Falta de legitimación